Reglamento de Control Escolar
1.
Las opciones de acreditación en el bachillerato
tecnológico y bachillerato general son:
1.1. Periodo
semestral:
a)
Cursos semestrales: para la acreditación de
asignaturas y módulos.
b)
Recursamiento semestral: para regularizar la no
acreditación de asignaturas y módulos.
1.2. Periodo
extraordinario:
a)
Evaluación extraordinaria:
·
Para regularizar la no acreditación de
asignaturas, el alumno puede presentar un máximo de tres en cada uno de los
periodos establecidos.
·
Únicamente en el bachillerato tecnológico,
para la evaluación de los saberes adquiridos de manera autodidacta o por
experiencia laboral. El alumno puede presentar un máximo de tres asignaturas y
un módulo en cada uno de los periodos establecidos.
b)
Cursos intersemestrales: para regularizar la no
acreditación de asignaturas y submódulos durante el periodo extraordinario
inmediato. Norma 4.2 del SNB.
2.
El alumno que no cumplió con el 80% de
asistencias durante el semestre, no tiene derecho a la primera evaluación
extraordinaria y únicamente podrá acreditar la asignatura en cursos
intersemestrales o recursamiento semestral; si se trata de un módulo,
necesariamente tiene que realizar el recursamiento semestral. Norma 4.5. del
SNB.
3.
En el bachillerato tecnológico cuando el alumno
no acredita un submódulo, el módulo correspondiente está reprobado. Podrá
regularizar el submódulo que adeuda en curso intersemestral antes de la
reinscripción del siguiente semestre, de lo contrario, el módulo estará
reprobado y deberá recursar en periodo semestral todo el módulo para
acreditarlo. Norma 4.8. del SNB.
4.
Se ratifica la renuncia a calificaciones
aprobatorias finales del semestre, con la inscripción de asignaturas a cursos
intersemestrales o recursamiento semestral, de módulos únicamente con la
inscripción a recursamiento semestral y de submódulos con la inscripción de
cursos intersemestrales antes de la reinscripción del siguiente semestre.
4.1. El
número de asignaturas a las que se puede renunciar en los semestres, durante
toda la trayectoria en el bachillerato, es un máximo de seis, ya sea al final
de cada semestre o antes de la certificación de estudios.
4.2. El
número de módulos a los que se puede renunciar en los semestres, durante toda
la trayectoria en el bachillerato, es un máximo de dos, ya sea al final de cada
semestre o antes de la certificación de estudios.
El módulo completo no está sujeto a cursos
intersemestrales o evaluaciones extraordinarias. Se puede reinscribir máximo
dos submódulos en intersemestrales, conservando la calificación del resto de
los submódulos, a fin de adquirir antes de la reinscripción al siguiente
semestre, una calificación más alta de los submódulos en la ponderación que se
hace para obtener la calificación final del módulo. Norma 4.2. y 4.11 del SNB.
ACTIVIDAD:
* Lee con atención el párrafo anterior, e identifica los puntos claves que tiene el reglamento de control escolar para la acreditación.
* Si te es posible ve a la siguiente liga, que te permitirá visualizar el reglamento completo:
* Realiza un tríptico donde rescates los aspectos que consideres más importantes sobre el reglamento.
¿Cómo hacer un triptico? Da click
esta actividad me parecio muy interesante XD
ResponderEliminarEl reglamento me parece perfecto
ResponderEliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarmuy estrixto el reglamento pero creo que asi los alumnos le pondran mas empeño a la escuela, mmm pero a muchos estudiantes creo que esto no les interesa ya que hacen lo que kieren sobrepasando este reglamento
ResponderEliminaresta super bien para algunos pero para otros lo dudo mucho pero esta bien
ResponderEliminarEl reglamento esta bien y es interesante
ResponderEliminarme parese un muy buen reglamento
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